domingo, 10 de marzo de 2013

Articulo #330



"Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tiene derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político."

 - ¿Los miembros de La Fuerza Armada Nacional tienen derecho al voto?

 - Los miembros de La Fuerza Armada Nacional tienen el derecho al sugragio, pero según lo que dice este artículo quiere decir que no deben mostrar preferencia partidista, es decir no tener una preferencia política y abstenerse a la participación en actos partilizados.



Marcos González.

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