miércoles, 27 de febrero de 2013

CODENA!


De acuerdo con la normativa vigente, el Consejo de Defensa de la Nación (Codena) es "el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Publico nacional, estatal y municipal, en los asuntos relacionados con la seguridad y defensa integral de la nación, debiendo para ello, formular, recomendar y evaluar políticas y estrategias, así como otros asuntos relacionados con la materia que le sean sometidos a consulta por parte del presidente de la republica".

Codena está integrado por miembros permanentes y no permanentes. Los miembros permanentes son el Presidente de la Republica, quien ejercerá la presidencia, entre otros, y los no permanentes son de libre nombramiento y remoción cada vez que la problemática lo amerite.

El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico.
Acorde con el reglamento del consejo de defensa de la nación, en sus artículos 3, 4, 5 y 6, se reglamenta:
 
El presidente de la republica es la más alta autoridad en todo lo relacionado con la seguridad y defensa integral de la nación. La instalación del consejo de defensa de la nación estará a su cargo.
El presidente del consejo de defensa de la nación,  es el que asignará las funciones y las condiciones a las cuales quedan sujetos.
Tendrá su sede en la cuidad de caracas, pudiendo sesionar de maneras extraordinaria en cualquier otro lugar del país, cuando así lo acuerde la mayoría calificada de sus miembros.
A través de secretaría general, tramitaran y procesarán todas las informaciones y documentos, que se produzcan en los sectores públicos y privados, en materia de seguridad y defensa integral.




Por: Genesis Maestre.

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