De acuerdo con la normativa vigente, el Consejo de
Defensa de la Nación (Codena) es "el máximo órgano de consulta para la planificación
y asesoramiento del Poder Publico nacional, estatal y municipal, en los asuntos
relacionados con la seguridad y defensa integral de la nación, debiendo para
ello, formular, recomendar y evaluar políticas y estrategias, así como otros
asuntos relacionados con la materia que le sean sometidos a consulta por parte
del presidente de la republica".
Codena está integrado por miembros permanentes y no
permanentes. Los miembros permanentes son el Presidente de la Republica, quien ejercerá
la presidencia, entre otros, y los no permanentes son de libre nombramiento y remoción
cada vez que la problemática lo amerite.
El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano
de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los
asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la
integridad de su espacio geográfico.
Acorde con el reglamento del consejo de defensa de la nación,
en sus artículos 3, 4, 5 y 6, se reglamenta:
El presidente
de la republica es la más alta autoridad en todo lo relacionado con la
seguridad y defensa integral de la nación. La instalación del consejo de defensa
de la nación estará a su cargo.
El presidente
del consejo de defensa de la nación, es el que asignará las funciones y las
condiciones a las cuales quedan sujetos.
Tendrá su sede
en la cuidad de caracas, pudiendo sesionar de maneras extraordinaria en
cualquier otro lugar del país, cuando así lo acuerde la mayoría calificada de
sus miembros.
A través de
secretaría general, tramitaran y procesarán todas las informaciones y
documentos, que se produzcan en los sectores públicos y privados, en materia de
seguridad y defensa integral.
Por: Genesis Maestre.
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